Uso desproporcionado de la Fuerza Pública; sobre el abuso de poder / Jurisprudencia TCP - Abogados Asociados Bolivia
Uso
desproporcionado de la Fuerza Pública; sobre el abuso de poder
El caso trata de una
acción de libertad interpuesta por Abraham Quiroga Bonilla en representación de
David Fernando Farel Azogue, quien denunció una supuesta vulneración a sus
derechos fundamentales durante un operativo policial realizado el 12 de octubre
de 2012 en Santa Cruz. Según el demandante, agentes del Grupo “GAMA” de la
Dirección de Prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE) dispararon
injustificadamente en su contra mientras estaba acompañado de su hija menor,
poniendo en riesgo sus vidas.
El demandante había sido
señalado como investigado por presuntos delitos y contaba con órdenes de
aprehensión emitidas por el fiscal Renzo Estévez. Sin embargo, el mismo alegó
que ya se había presentado voluntariamente ante el fiscal el 4 de octubre de
2012 y que su declaración informativa estaba programada para el 22 de octubre.
Según su relato, el operativo fue innecesariamente violento y carecía de justificación
legal.
Por su parte, los
demandados, funcionarios de DIPROVE, alegaron que el demandante disparó primero
contra ellos, obligándolos a responder en legítima defensa y a utilizar armas
de fuego para protegerse. Argumentaron que el operativo se realizó dentro de
sus facultades legales, ya que el demandante era considerado un prófugo con
antecedentes policiales por delitos como robo de llantas y asociación
delictuosa.
Demandante
·
Relato
de los hechos: David Fernando Farel Azogue sostuvo que,
mientras regresaba del colegio con su familia y realizaban una parada para
comprar alimentos, los agentes descendieron de un vehículo blanco y abrieron
fuego sin previo aviso. Ante el ataque, empujó a su hija al suelo para
protegerla, evitando que resultara herida de gravedad.
·
Derechos
vulnerados: Alegó violación de los derechos a la
vida, a la libertad de locomoción y al debido proceso.
·
Argumentos
legales: Sostuvo que el operativo fue innecesario ya que él se
había presentado voluntariamente ante el fiscal días antes, y su declaración
informativa ya tenía fecha programada.
Petitorio:
·
Declarar procedente la acción de libertad
y ordenar que cesen los actos de persecución indebida.
·
Garantizar que la Defensoría de la Niñez y
Adolescencia brinde apoyo a su hija, quien fue víctima de los hechos.
Demandados
·
Versión de los hechos: Según los agentes
de DIPROVE, el demandante abrió fuego en su contra cuando intentaban ejecutar
una orden de aprehensión válida. Los policías respondieron al ataque para
protegerse, pero el demandante logró huir en su vehículo tras realizar
maniobras peligrosas que incluso pusieron en riesgo a los agentes.
·
Justificación del operativo: Alegaron que
contaban con órdenes de aprehensión emitidas legalmente y que actuaron en
cumplimiento de sus deberes como policías, usando la fuerza de manera
proporcional ante una agresión injusta.
·
Fundamento legal: Ampararon su actuación
en el art. 226 del Código de Procedimiento Penal, que autoriza a la policía a
ejecutar órdenes de aprehensión emitidas por la Fiscalía.
Fundamentos
Jurídicos
1. Naturaleza de la acción de libertad:
·
Protegida por el art. 125 de la
Constitución Política del Estado (CPE), la acción de libertad busca
salvaguardar derechos fundamentales, como la vida y la libertad, frente a actos
ilegales de autoridades o particulares.
·
Jurisprudencia relevante: SCP 0037/2012,
SC 0044/2010-R.
2. Principios sobre el uso de la fuerza
pública:
·
El uso de armas debe cumplir los
principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. El Estado tiene el deber
de garantizar que las fuerzas policiales respeten estos principios para evitar
excesos.
·
Normas internacionales: Código de Conducta
para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (ONU), Principios Básicos
sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por Funcionarios (ONU).
·
Legislación boliviana: Art. 251 de la CPE,
art. 296 del Código de Procedimiento Penal.
3. Jurisprudencia sobre el uso de armas:
·
Caso Montero Aranguren (Corte IDH): El uso
de la fuerza debe ser excepcional, estrictamente necesario y proporcional.
Cualquier uso desproporcionado o arbitrario es una violación al derecho a la
vida.
·
SC 0664/2004-R (Bolivia): Establece que la
seguridad democrática debe priorizar los derechos fundamentales, evitando que
los operativos policiales se conviertan en actos abusivos.
·
Análisis
del Caso Concreto
·
El Tribunal Constitucional evaluó los
siguientes elementos:
·
Uso indebido de la fuerza: Quedó
demostrado que los agentes policiales utilizaron armas de fuego durante el
operativo, lo cual resultó desproporcionado e innecesario dado que el
demandante no estaba cometiendo un delito flagrante ni representaba un peligro
inminente. Además, el operativo no fue planificado adecuadamente para minimizar
daños, poniendo en riesgo la vida de civiles, incluido un menor de edad.
·
Persecución indebida: Aunque existían
órdenes de aprehensión, el demandante ya se había presentado voluntariamente
ante el fiscal. El operativo careció de justificación legal, ya que su
declaración informativa ya estaba programada.
·
Principios
vulnerados:
o
Proporcionalidad: No se demostró que el
uso de armas de fuego fuera absolutamente necesario.
o
Debido proceso: Las autoridades policiales
actuaron sin considerar los pasos legales ya cumplidos por el demandante.
Resolución
El Tribunal concluyó que:
1.
Procedencia
de la acción de libertad: Se declaró procedente la acción de
libertad, reconociendo la vulneración de derechos fundamentales del demandante
y su hija menor.
2.
Uso
desproporcionado de la fuerza: Los policías demandados
incurrieron en un uso excesivo de la fuerza al realizar disparos en un contexto
que no lo ameritaba, incumpliendo principios internacionales y nacionales sobre
el uso de armas.
Conclusión
La sentencia pone de
relieve la obligación del Estado de garantizar el respeto de los derechos
fundamentales incluso en el marco de operativos policiales. Aunque la
persecución de delitos es una función legítima, debe realizarse conforme a los
principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad para evitar abusos de
poder y proteger la dignidad humana. En este caso, las autoridades policiales
actuaron sin planificación adecuada, poniendo en riesgo vidas inocentes y
vulnerando derechos fundamentales, lo que justificó la tutela constitucional
del demandante.
DESCARGAR JURISPRUDENCIA COMPLETA
Céspedes
& Asociados – Abogados Bolivia
LA PAZ, COCHABAMBA, POTOSI, ORURO,
TARIJA, SANTA CRUZ DE LA SIERRA
abogados@cespedesasociados.com
Comentarios
Publicar un comentario